• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 1979/2022
  • Fecha: 06/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Admitido el recurso de casación, la Sala considera que las circunstancias concurrentes en el recurrente, entre las que quedaron acreditadas la de carecer de cualquier tipo de documento que amparase su estancia en nuestro país o que acreditase su filiación e identidad, no presentar ninguna justificación de su tiempo de estancia en nuestro país, constarle una detención por un delito de detención ilegal y no haber intentado regularizar de forma válida su situación en España, son circunstancias agravantes que, atendida su situación de permanencia ilegal en España, justifican la proporcionalidad de la medida de expulsión de territorio nacional acordada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: ALICIA ESTHER ORTUÑO RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 94/2025
  • Fecha: 06/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra auto que denegó la suspensión cautelar de la ejecutividad de la resolución impugnada, consistente en el Decreto del Alcalde de Manacor de 03/05/2023, por el que se desestimó el recurso de reposición formulado el 26/01/2022 contra la resolución de 20/12/2021, advirtiendo a la sociedad actora que, si en el plazo de 1 mes no procedía a adoptar las medidas señaladas en el informe emitido por el arquitecto técnico el 13/01/2017, se le impondrían nuevas multas coercitivas cada 10 días hasta el cumplimiento de la orden de ejecución, por importe del 10% de las obras ejecutadas y como mínimo 600 euros, pudiendo el Ayuntamiento acometer su ejecución subsidiaria, y contra el Decreto nº 2021/4282, de fecha 20/12/2021, mediante el que se impuso a la mercantil una primera multa coercitiva por importe de 2.065 euros, al no haber cumplido la orden de ejecución de obras de fecha 01/12/2019. Señala la Sala que la finalidad de las medidas cautelares reside en asegurar la efectividad de la sentencia que finalmente haya de ser dictada en él, de suerte que el instituto de las medidas cautelares tiene su razón de ser, prioritaria, aunque no única, en la necesidad de preservar ese efecto útil de la futura sentencia, ante la posibilidad de que el transcurso del tiempo en que ha de desenvolverse el proceso lo ponga en riesgo, por poder surgir, en ese espacio temporal, situaciones irreversibles o de difícil o costosa reversibilidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: JOSE JUAN SUAY RINCON
  • Nº Recurso: 2622/2025
  • Fecha: 05/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En este caso la Sala considera agravante para imponer la medida de expulsión, los antecedentes penales de indiscutible relevancia, en tanto que derivan de la perpetración además no de uno sino de varios delitos atentatorios contra bienes jurídicos básicos y fundamentales para la convivencia (violencia doméstica y de género) y que han sido objeto de la correspondiente condena en fechas no muy lejanas. Por lo que desestima el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL DELGADO-IRIBARREN GARCIA-CAMPERO
  • Nº Recurso: 2014/2023
  • Fecha: 05/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se examina la aplicabilidad de la Ley 40/2015 en un procedimiento sancionador iniciado bajo el régimen de la Ley 30/1992, concluyendo que, si bien la sanción fue impuesta con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva normativa, esta resulta aplicable de forma retroactiva en beneficio del sancionado, conforme a lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 40/2015 y la jurisprudencia consolidada. Se confirma la reducción de la multa inicialmente impuesta, de 100.001 euros a 10.000 euros, atendiendo al artículo 29.4 de la Ley 40/2015, que faculta a la Administración para imponer la sanción en grado inferior cuando las circunstancias del hecho y su gravedad lo justifiquen. La Sala Tercera destaca que esta previsión normativa supone un avance respecto a la legislación anterior, al ampliar el margen de actuación administrativa para garantizar el principio de proporcionalidad en el ejercicio de la potestad sancionadora, permitiendo que la sanción impuesta se adecue a una infracción de menor gravedad. Dicha interpretación se alinea asimismo con la jurisprudencia nacional y europea que exige la proporcionalidad de las sanciones y la protección efectiva de los derechos fundamentales.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 4256/2024
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que plantea interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si un órgano jurisdiccional puede anular una sanción impuesta por la comisión de la infracción prevista en el artículo 170.Dos.4ª LIVA, consistente en la no consignación en la autoliquidación que se debe presentar por el periodo correspondiente de las cantidades de las que sea sujeto pasivo el destinatario de las operaciones conforme a los números 2.°, 3.° y 4.° del artículo 84.uno, del artículo 85 o del artículo 140 quinque de esta Ley, con fundamento en la vulneración del principio de proporcionalidad, toda vez que el artículo 171.Uno.4º LIVA cuantifica la sanción en un porcentaje fijo de la cuota correspondiente a las operaciones no consignadas en la autoliquidación, y ello sin necesidad de plantear cuestión de inconstitucionalidad sobre este último precepto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 4510/2023
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Admitido el recurso de casación en materia de extranjería, la Sala señala que para poder acordar la medida de expulsión de territorio nacional como consecuencia de la situación irregular del ciudadano extranjero, debe acreditarse que las circunstancias agravantes que justifiquen y determinan la proporcionalidad de tal medida, en este caso, la indocumentación del interesado al tiempo de su detención y el incumplimiento de una obligación de salida impuesta en una previa resolución administrativa denegatoria de una autorización de residencia por arraigo, hayan sido tenidas en cuenta por la Administración como fundamento de la sanción de expulsión en la resolución sancionadora.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: CRISTINA MARIA PAZ EIROA
  • Nº Recurso: 178/2025
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima en parte el recurso de apelación interpuesto contra sentencia que a su vez estima en parte el interpuesto contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Ourense de 25/09/2023 que impone a don Saturnino la expulsión del territorio nacional, la cual conlleva aparejada una prohibición de entrada en España por un período de 7 años, indicándole que dicha prohibición se extiende a todos los países firmantes del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen. La sentencia dice que con anterioridad en el año 2020, se acordó una orden de expulsión que le afectaba con una prohibición de entrada de duración sensiblemente inferior, sin que obre dato alguno de que hayan cambiado o empeorado las circunstancias valoradas entonces. En consecuencia, con estimación parcial del recurso contencioso formulado, se revoca la resolución recurrida en el único sentido de fijar la prohibición de entrada en España por un período de 4 años. No dice por qué elige este período concreto de duración. El apelante argumenta que, con anterioridad a este expediente sancionador de expulsión, existió uno anterior que caducó el día 23/03/2020, en el que fue sancionado con la expulsión y una prohibición de entrada por tres años. La pretensión ha de ser parcialmente estimada, y la duración de la prohibición reducida a tres años por carecer de justificación una duración mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: FERNANDO SEOANE PESQUEIRA
  • Nº Recurso: 82/2025
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia estimatoria recaída en el juzgado en materia de expulsión de extranjero en situación de irregularidad. La Sala confirma la apreciación plasmada en la resolución recurrida de inexistencia de circunstancias agravantes que justifiquen la expulsión valorando, por el contrario el arraigo y la oferta de empleo legal a la recurrente. Frente a la queja de la Administración de que no se sustituyera la sanción de expulsión por la de multa, la Sala considera que en la sentencia se respetaron los términos del debate procesal. Frente al hecho de que la recurrente admitiera la infracción impugnando la proporcionalidad de la expulsión, la Administración sólo defendió ésta. De ahí que no exista incongruencia al resolver dentro de lo pedido por las partes. Además, la potestad sancionadora corresponde a la Administración y los órganos jurisdiccionales no pueden sustituir la sanción impuesta, limitándose a revisar su proporcionalidad y legalidad, anulando la sanción si es desproporcionada
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JOSE RAMON CHAVES GARCIA
  • Nº Recurso: 78/2025
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se revoca por esta sentencia el Auto del Juzgado de la instancia que acuerda denegar la medida cautelar de suspensión de la orden de expulsión adoptada por la Administración y ello al entender que se acredita de forma adecuada la existencia de perjuicios para el recurrente que pudieran derivarse de la ejecución del acto impugnado, fijándose especialmente en el eventual arraigo que pudiere tener el recurrente en nuestro país, y ello considerando que el mismo existe al acreditarse el arraigo que invoca.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JAVIER AGUAYO MEJIA
  • Nº Recurso: 2050/2023
  • Fecha: 02/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia conoce de la legalidad de una sanción, impuesta como consecuencia de "La adquisición de bienes por parte de sujetos pasivos acogidos al régimen especial del recargo de equivalencia sin que en las correspondientes facturas figure expresamente consignado el recargo de equivalencia, salvo los casos en que el adquirente hubiera dado cuenta de ello a la Administración en la forma que se determine reglamentariamente". En el proceso no se cuestiona que el recurrente sancionado no comunicó a determinados proveedores la necesidad del recargo de equivalencia en las facturas de los bienes o servicios de ello adquiridos, pero que no existió un dolo directo de defraudar. La sentencia motiva que el elemento subjetivo de la culpabilidad no requiere de ese dolo directo de primer grado, sino que igualmente se colma con la negligencia cometida. En cuanto a la posible desproporciónalidad de la sanción fija por cada operación, pone de manifiesto que el fundamento de la demanda se limita a citar unas sentencias recaídas sobre un tipo infractor distinto, sin que colme la seriedad que requeriría la posible inaplicación de una disposición legal por su hipotética contradicción con el Derecho de la Unión.

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